Art. 1

Art. 1

En vigor desde 22 feb 2024
Artículo 1 El artículo 2 del Reglamento (UE) 2018/196 se sustituye por el texto siguiente, con el asterisco y el texto vinculado a él en forma de nota a pie de página: «Artículo 2 Los productos originarios de los Estados Unidos que figuran en el anexo I del presente Reglamento estarán sujetos a un derecho ad valorem del 0 %, adicional al derecho de aduana aplicable en virtud del Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (*1).
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_del:2024:1239:oj#art-1