Art. 4 · Corrección y modificación del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/320

Art. 4

Corrección y modificación del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/320

En vigor desde 15 ene 2024
Artículo 4 Corrección y modificación del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/320 1.   El título del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/320 se sustituye por el siguiente: «Reglamento de Ejecución (UE) 2022/320, de 25 de febrero de 2022, relativo a la autorización del aceite de mandarina exprimida como aditivo para piensos destinado a determinadas especies animales». 2.   El artículo 2 del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/320 se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 2 Medidas transitorias 1.   La sustancia especificada en el anexo y las premezclas que la contengan que hayan sido producidas y etiquetadas antes del 5 de agosto de 2024 de conformidad con las normas aplicables antes del 5 de febrero de 2024 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias. 2.   Los piensos compuestos y las materias primas para piensos que contengan la sustancia especificada en el anexo que hayan sido producidos y etiquetados antes del 5 de febrero de 2025 de conformidad con las normas aplicables antes del 5 de febrero de 2024 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias si se destinan a animales productores de alimentos. 3.   Los piensos compuestos y las materias primas para piensos que contengan la sustancia especificada en el anexo que hayan sido producidos y etiquetados antes del 5 de febrero de 2026 de conformidad con las normas aplicables antes del 5 de febrero de 2024 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias si se destinan a animales no productores de alimentos.». 3.   El anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/320 se sustituye por el anexo IV del presente Reglamento.
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