Art. 2 · Definiciones

Art. 2

Definiciones

En vigor desde 18 dic 2023
Artículo 2 Definiciones Serán de aplicación las definiciones establecidas en el Reglamento (UE) 2021/2116. Además, a los efectos del presente Reglamento, se entenderá por: a) «presunto fraude»: una irregularidad que dé lugar a la incoación de un procedimiento administrativo o un proceso judicial en el país en cuestión con el fin de determinar la existencia de un comportamiento intencionado, en particular de un fraude u otra infracción penal, en el sentido, respectivamente, del artículo 3, apartado 2, letras a) y b), y del artículo 4, apartados 1, 2 y 3, de la Directiva (UE) 2017/1371, y, respecto de los Estados miembros no obligados por dicha Directiva, del artículo 1, apartado 1, letra a), del Convenio establecido sobre la base del artículo K.3 del Tratado de la Unión Europea, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas; b) «primer acto de comprobación administrativa o judicial»: una primera evaluación por escrito, por parte de una autoridad competente, ya sea administrativa o judicial, que haya concluido, sobre la base de hechos concretos, que se ha cometido una irregularidad, sin perjuicio de la posibilidad de que esta conclusión sea revisada o revocada posteriormente a raíz de la evolución del procedimiento administrativo o proceso judicial.
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