Art. 2 · Corrección del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/46

Art. 2

Corrección del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/46

En vigor desde 7 dic 2023
Artículo 2 Corrección del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/46 En el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/46, el texto de la columna «Límites máximos de residuos (LMR) en los alimentos de origen animal de que se trate» se sustituye por el texto siguiente: «Reglamento (UE) n.o 37/2010 (*1).
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