Art. 3
Entrada en vigor y aplicación
En vigor desde 22 nov 2023
Artículo 3
Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será aplicable a partir de la fecha fijada por la Comisión con arreglo al artículo 2, apartado 1, con excepción del artículo 1, punto 2, que será aplicable a partir del 27 de diciembre de 2023.
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