Art. 3
Conceptos estadísticos y descripción de las variables
En vigor desde 17 nov 2023
Artículo 3
Conceptos estadísticos y descripción de las variables
1. Los Estados miembros utilizarán los conceptos estadísticos establecidos en el anexo I.
2. Las características técnicas de las variables serán las establecidas en el anexo II y se referirán a lo siguiente:
a)
el identificador de la variable;
b)
el nombre de la variable;
c)
el período de referencia;
d)
el código de modalidad y la etiqueta;
e)
el filtro.
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