Art. 4
Modificaciones de los sistemas operativos y la infraestructura de la ECC
En vigor desde 26 oct 2023
Artículo 4
Modificaciones de los sistemas operativos y la infraestructura de la ECC
Cuando las medidas que deban adoptarse para restablecer la viabilidad a largo plazo de la ECC incluyan los cambios en los sistemas operativos y la infraestructura de la ECC a que se refiere el artículo 37, apartado 3, letra b), del Reglamento (UE) 2021/23, la descripción a que se refiere el artículo 2, apartado 1, del presente Reglamento incluirá también los siguientes elementos:
a)
una presentación de los principales sistemas operativos y la infraestructura identificados que se verían afectados por el plan de reorganización de actividades y cómo se verán afectados;
b)
una presentación de cualquier cambio previsto en la organización de la ECC;
c)
una presentación de los cambios en la estructura de la propiedad de la ECC y de cualquier cambio en las estructuras de incentivos de los gestores;
d)
cuando proceda, una presentación de los cambios en la gobernanza, la organización y los empleados de la ECC.
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