Art. 1
En vigor desde 12 oct 2023
Artículo 1
El Reglamento (UE) 2015/757 se modifica como sigue:
1)
El anexo I se sustituye por el texto que figura en el anexo I del presente Reglamento.
2)
El anexo II se modifica de conformidad con el anexo II del presente Reglamento.
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