Art. 1 · Objeto

Art. 1

Objeto

En vigor desde 10 oct 2023
Artículo 1 Objeto El presente Reglamento establece normas específicas aplicables a las importaciones en los sectores del arroz, los cereales, el azúcar y el lúpulo y, en particular a: a) las importaciones de arroz Basmati; b) la constitución de una garantía para las importaciones de maíz vítreo, trigo blando y trigo duro; c) la suspensión o reducción de los derechos de importación de la melaza; d) los controles del lúpulo importado y la exención de la certificación de equivalencia y de los requisitos de etiquetado aplicables a las importaciones de lúpulo.
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