Art. 90 · Ámbito de aplicación

Art. 90

Ámbito de aplicación

En vigor desde 4 oct 2023
Artículo 90 Ámbito de aplicación El presente capítulo se aplica a todas las actividades pesqueras dirigidas al rodaballo (Scophthalmus maximus) en la SZG 29, conforme a lo dispuesto en el anexo I.
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