Art. 14 · Factores para garantizar unos precios justos y adecuados de los préstamos

Art. 14

Factores para garantizar unos precios justos y adecuados de los préstamos

En vigor desde 29 sept 2023
Artículo 14 Factores para garantizar unos precios justos y adecuados de los préstamos 1.   Al determinar el precio de los préstamos que facilitan, los proveedores de servicios de financiación participativa tendrán en cuenta todos los factores siguientes: a) el perfil de riesgo del promotor del proyecto o del proyecto de financiación participativa, determinado según las categorías de riesgo a que se refiere el artículo 19; b) el valor actual neto del préstamo; c) las condiciones imperantes en el mercado en el momento en que se origine el préstamo y durante el período de vida de este; d) su estrategia de negocio. 2.   Al calcular el valor actual neto a que se refiere el apartado 1, letra b), los proveedores de servicios de financiación participativa tendrán en cuenta todos los factores siguientes: a) el importe del principal del préstamo; b) el vencimiento del préstamo; c) la frecuencia de pago de las cuotas del préstamo; d) un tipo de interés adecuado para descontar los reembolsos futuros.
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