Art. 14
Factores para garantizar unos precios justos y adecuados de los préstamos
En vigor desde 29 sept 2023
Artículo 14
Factores para garantizar unos precios justos y adecuados de los préstamos
1. Al determinar el precio de los préstamos que facilitan, los proveedores de servicios de financiación participativa tendrán en cuenta todos los factores siguientes:
a)
el perfil de riesgo del promotor del proyecto o del proyecto de financiación participativa, determinado según las categorías de riesgo a que se refiere el artículo 19;
b)
el valor actual neto del préstamo;
c)
las condiciones imperantes en el mercado en el momento en que se origine el préstamo y durante el período de vida de este;
d)
su estrategia de negocio.
2. Al calcular el valor actual neto a que se refiere el apartado 1, letra b), los proveedores de servicios de financiación participativa tendrán en cuenta todos los factores siguientes:
a)
el importe del principal del préstamo;
b)
el vencimiento del préstamo;
c)
la frecuencia de pago de las cuotas del préstamo;
d)
un tipo de interés adecuado para descontar los reembolsos futuros.
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