Art. 1

Art. 1

En vigor desde 14 sept 2023
Artículo 1 1.   Se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de melamina, actualmente clasificada en el código NC 2933 61 00 y originaria de la República Popular China. 2.   Los tipos del derecho antidumping definitivo aplicables al precio neto franco en la frontera de la Unión, antes del pago de derechos, del producto descrito en el apartado 1 y producido por las empresas indicadas a continuación serán los siguientes: Empresa Precio mínimo de importación (EUR/tonelada de peso neto del producto) Derecho (EUR/tonelada de peso neto del producto) Código TARIC adicional Sichuan Golden-Elephant Sincerity Chemical Co., Ltd 1 153 A 986 Shandong Holitech Chemical Industry Co., Ltd 1 153 A 987 Henan Junhua Development Company Ltd 1 153 A 988 Todas las demás empresas — 415 A 999 3.   Para los productores citados específicamente, el importe del derecho antidumping definitivo aplicable al producto descrito en el apartado 1 consistirá en la diferencia entre el precio mínimo de importación y el precio neto franco en la frontera de la Unión del producto antes del pago de derechos, siempre que este último sea inferior al precio mínimo de importación. Para estos productores citados específicamente, no se percibirá ningún derecho si el precio neto franco en la frontera de la Unión antes del pago de derechos es igual o superior al precio mínimo de importación correspondiente. 4.   La aplicación del precio mínimo de importación especificado para las empresas mencionadas en el apartado 2 estará condicionada a la presentación a las autoridades aduaneras de los Estados miembros de una factura comercial válida, en la que figurará una declaración fechada y firmada por una persona responsable de la entidad que expida dicha factura, identificada por su nombre y cargo, redactada como sigue: «La persona abajo firmante certifica que [el volumen] de melamina a que se refiere la presente factura, vendido para su exportación a la Unión Europea, fue fabricado por [nombre y domicilio social de la empresa] [código TARIC adicional] en la República Popular China. Declara, asimismo, que la información que figura en la presente factura es completa y correcta». Si no se presenta tal factura, se aplicará el tipo de derecho aplicable a «todas las demás empresas». 5.   Para los productores citados expresamente, y en caso de que las mercancías resulten dañadas antes del despacho a libre práctica y, en consecuencia, el precio realmente pagado o por pagar se calcule proporcionalmente a efectos de determinar el valor en aduana de conformidad con el artículo 131 del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 (136) de la Comisión, el precio mínimo de importación indicado anteriormente se reducirá en un porcentaje que corresponda a la proporción del precio realmente pagado o por pagar. El derecho que debe pagarse será entonces igual a la diferencia entre el precio mínimo de importación reducido y el precio neto franco en la frontera de la Unión, antes del despacho de aduana, reducido. 6.   Para todas las demás empresas, y en caso de que las mercancías resulten dañadas antes de su despacho a libre práctica y, en consecuencia, el precio realmente pagado o por pagar se calcule proporcionalmente a efectos de determinar el valor en aduana de conformidad con el artículo 131 del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447, el importe del derecho antidumping, calculado con arreglo a lo dispuesto en el apartado 2, se reducirá en un porcentaje que corresponda a la proporción del precio realmente pagado o por pagar.
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