Art. 1.tit_1 · Criterios para la identificación de las entidades del sistema bancario paralelo

Art. 1.tit_1

Criterios para la identificación de las entidades del sistema bancario paralelo

En vigor desde 6 sept 2023
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_del:2023:2779:oj#art-1.tit_1