Art. 16 · Entrada en vigor y aplicación

Art. 16

Entrada en vigor y aplicación

En vigor desde 22 ago 2023
Artículo 16 Entrada en vigor y aplicación El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será de aplicación desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2027.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_del:2023:2623:oj#art-16