Art. 12 · Menciones reservadas facultativas relativas a la calidad

Art. 12

Menciones reservadas facultativas relativas a la calidad

En vigor desde 17 ago 2023
Artículo 12 Menciones reservadas facultativas relativas a la calidad 1.   Los estuches que contengan huevos de la categoría A podrán marcarse con las indicaciones adicionales de calidad «extra» o «extra frescos» hasta el noveno día después de la puesta. 2.   Cuando se utilicen las indicaciones mencionadas en el apartado 1, la fecha de puesta y el plazo límite de nueve días figurarán de forma claramente visible y perfectamente legible en el estuche.
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