Art. 1
Objeto y ámbito de aplicación
En vigor desde 17 ago 2023
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación
El presente Reglamento establece disposiciones sobre:
a)
los controles de conformidad con las normas de comercialización aplicables a los sectores y productos contemplados en el artículo 1 del Reglamento Delegado (UE) 2023/2429, y
b)
los requisitos aplicables a las notificaciones de la no conformidad a raíz de controles de conformidad.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2023:2430:oj#art-1