Art. 6 · Régimen transitorio

Art. 6

Régimen transitorio

En vigor desde 25 jul 2023
Artículo 6 Régimen transitorio Las disposiciones del presente Reglamento se aplicarán a los períodos de referencia de 2025 a 2027. Las normas del régimen transitorio establecido en el artículo 14, apartado 1, del Reglamento (UE) 2022/2379 para el período 2025-2027 se aplicarán únicamente a los datos sobre el tema detallado del uso de productos fitosanitarios en la agricultura.
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