Art. 24 · Entrada en vigor y aplicación

Art. 24

Entrada en vigor y aplicación

En vigor desde 20 jul 2023
Artículo 24 Entrada en vigor y aplicación El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. El presente Reglamento será aplicable hasta el 30 de junio de 2025. Ello no afectará a la continuación o modificación de las acciones iniciadas en virtud del presente Reglamento o cualquier acción necesaria para proteger los intereses financieros de la Unión.
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