Art. 67
Participación de los puntos de recogida voluntaria
En vigor desde 12 jul 2023
Artículo 67
Participación de los puntos de recogida voluntaria
1. Los puntos de recogida voluntaria de residuos de pilas o baterías portátiles entregarán los residuos de pilas o baterías portátiles recogidos a los productores de pilas o baterías portátiles o a terceros que actúen en su nombre, incluidas las organizaciones competentes en materia de responsabilidad del productor, o bien a los operadores de gestión de residuos seleccionados de conformidad con el artículo 57, apartado 8, con miras a su tratamiento con arreglo al artículo 70.
2. Los puntos de recogida voluntaria de residuos de baterías para medios de transporte ligeros entregarán los residuos de baterías para medios de transporte ligeros recogidos a los productores de baterías para medios de transporte ligeros o a terceros que actúen en su nombre, incluidas las organizaciones competentes en materia de responsabilidad del productor, o bien a los operadores de gestión de residuos seleccionados de conformidad con el artículo 57, apartado 8, con miras a su tratamiento con arreglo al artículo 70.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2023:1542:oj#art-67