Art. 3 · Personas autorizadas a presentar notificaciones y declaraciones

Art. 3

Personas autorizadas a presentar notificaciones y declaraciones

En vigor desde 10 jul 2023
Artículo 3 Personas autorizadas a presentar notificaciones y declaraciones 1.   Las notificaciones de concentraciones con arreglo al artículo 21 del Reglamento (UE) 2022/2560 serán presentadas las partes notificantes a que se refiere el artículo 2, apartado 1. Cada parte notificante será responsable de la exactitud de la información que haya facilitado. 2.   Las notificaciones y declaraciones en los procedimientos de contratación pública serán presentadas al poder adjudicador o la entidad adjudicadora por el operador económico o, en el caso de agrupaciones de operadores económicos, subcontratistas principales y proveedores principales, por el contratista principal o el concesionario principal a que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (UE) 2022/2560, en su nombre y en nombre de cualquiera de las partes notificantes a que se refiere el artículo 2, apartado 3. Cada parte notificante solo será responsable de la exactitud de la información relacionada con las contribuciones financieras extranjeras que se le hayan concedido. 3.   Cuando las notificaciones o declaraciones sean firmadas por representantes autorizados externos de personas o empresas, estos deberán acreditar por escrito su poder de representación.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2023:1441:oj#art-3