Art. 12 · Presentación de información sobre ofertas indebidamente ventajosas

Art. 12

Presentación de información sobre ofertas indebidamente ventajosas

En vigor desde 10 jul 2023
Artículo 12 Presentación de información sobre ofertas indebidamente ventajosas 1.   En la medida en que las partes notificantes no los hayan facilitado ya en su notificación presentada con arreglo al artículo 29 del Reglamento (UE) 2022/2560, las justificaciones y los documentos acreditativos correspondientes enumerados en el formulario que figura en el anexo II, relativos a la evaluación del carácter indebidamente ventajoso de una oferta, se presentarán a la Comisión con arreglo a los plazos y el formato especificados en el artículo 8 y podrán presentarse durante el examen preliminar. 2.   Cuando las partes notificantes decidan acogerse a la posibilidad de presentar justificaciones, estas irán acompañadas de todos los documentos acreditativos correspondientes enumerados en el formulario del anexo II para fundamentar su alegación. 3.   Al facilitar documentos acreditativos, la empresa investigada señalará toda la información que considere confidencial, justificará debidamente tal pretensión de confidencialidad y facilitará una versión no confidencial separada.
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