Art. 2 · Definiciones

Art. 2

Definiciones

En vigor desde 6 jun 2023
Artículo 2 Definiciones A efectos del presente Reglamento de Ejecución, se entenderá por: 1) «modelo de referencia»: el conjunto de procedimientos que son necesarios para acceder a los datos y que describen el intercambio de información mínimo obligatorio entre los participantes en el mercado; 2) «datos de medición y consumo»: la lectura de contadores correspondiente al consumo de electricidad procedente de la red, o de electricidad vertida a la red, o al consumo procedente de las instalaciones de generación in situ conectadas a la red, y que incluye datos históricos validados y datos en tiempo cuasirreal no validados; 3) «datos de medición y consumo históricos validados»: los datos históricos de medición y consumo procedentes de un contador, convencional o inteligente, o de un sistema de medición inteligente, o completados con valores sustitutivos determinados de otro modo en caso de indisponibilidad del contador; 4) «contador inteligente»: el dispositivo electrónico de medición implantado en un sistema de medición inteligente según se define en el artículo 2, punto 23, de la Directiva (UE) 2019/944; 5) «datos de medición y consumo en tiempo cuasirreal»: los datos de medición y consumo proporcionados de forma continua por un contador inteligente o un sistema de medición inteligente en un período de tiempo breve (generalmente de segundos o equivalente, como máximo, al período de liquidación de los desvíos del mercado nacional), que no están validados y se ponen a disposición pública a través de una interfaz normalizada o de un acceso a distancia, en consonancia con el artículo 20, letra a), de la Directiva (UE) 2019/944, sobre la electricidad; 6) «parte elegible»: la entidad que ofrece servicios relacionados con la energía a clientes finales, como los suministradores, los gestores de redes de transporte y distribución, los gestores delegados y otros terceros, los agregadores, las empresas de servicios energéticos, las comunidades de energías renovables, las comunidades ciudadanas de energía y los proveedores de servicios de balance, en la medida en que ofrezcan servicios relacionados con la energía a clientes finales; 7) «administrador de datos medidos»: la parte encargada del almacenamiento de datos de medición y consumo históricos validados y de la distribución de estos datos a clientes finales o partes elegibles; 8) «permiso»: la autorización concedida por un cliente final a una parte elegible con arreglo a un contrato firmado con dicha parte, para acceder a sus datos de medición y consumo gestionados por el administrador de datos medidos para la prestación de un servicio específico; 9) «permiso activo»: el permiso que no ha sido revocado ni ha expirado; 10) «administrador de permisos»: la parte encargada de administrar un registro de permisos de acceso a los datos para un conjunto de puntos de medición y de poner esta información a disposición de los clientes finales y de las partes elegibles del sector, previa solicitud; 11) «registro de acceso a los datos»: el historial, con sello de tiempo, de los elementos de datos a los que se ha accedido, que incluye, como mínimo, la identificación del cliente final o de la parte elegible que ha accedido a los datos y, en su caso, la identificación del permiso utilizado para ello; 12) «administrador de puntos de medición»: la parte encargada de administrar y poner a disposición las características de un punto de medición, incluidas las inscripciones de las partes elegibles y los clientes finales vinculados al punto de medición; 13) «proveedor de acceso a los datos»: la parte encargada de facilitar, incluso en cooperación con otras partes, el acceso a los datos de medición y consumo históricos validados al cliente final o a las partes elegibles; 14) «registro de concesión de permisos»: el historial, con sello de tiempo, del momento en que el permiso correspondiente a una parte elegible o un cliente final fue concedido, revocado o rescindido, con inclusión de un identificador del permiso y un identificador de la parte; 15) «prestador de servicios de identidad»: la parte que gestiona la información relativa a la identidad; emite, almacena, protege, mantiene actualizada y gestiona la información relativa a la identidad de una persona física o jurídica y presta servicios de autenticación a las partes elegibles y a los clientes finales; 16) «autenticación»: el procedimiento electrónico que permite la identificación electrónica de una persona física o jurídica; 17) «operador del contador»: la parte encargada de instalar, mantener, probar y retirar del servicio los contadores físicos; 18) «sistema de consumo de datos en tiempo cuasirreal»: el sistema o dispositivo que obtiene el flujo de datos en tiempo cuasirreal no validados de un sistema de medición inteligente contemplado en el artículo 20, párrafo primero, letra a), de la Directiva (UE) 2019/944.
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