Art. 1

Art. 1

En vigor desde 5 jun 2023
Artículo 1 El artículo 3, apartado 1, letra g), del Reglamento (UE) n.o 269/2014 se sustituye por el texto siguiente: «g) los principales empresarios que operen en Rusia y sus familiares directos, u otras personas físicas que se beneficien de ellos, o empresarios, personas jurídicas, entidades u organismos implicados en sectores económicos que proporcionen una fuente sustancial de ingresos al Gobierno de la Federación de Rusia, que es responsable de la anexión de Crimea y de la desestabilización de Ucrania, o».
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