Art. 76
Red común de comunicación del CCI
En vigor desde 1 jun 2023
Artículo 76
Red común de comunicación del CCI
1. La red común de comunicación garantizará la comunicación electrónica entre las aplicaciones CCI nacionales de los Estados miembros.
2. Las autoridades aduaneras de los Estados miembros utilizarán la red común de comunicación a efectos del intercambio de la información pertinente para las formalidades de importación relativas al CCI.
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