Art. 27 · Cooperación entre las autoridades competentes

Art. 27

Cooperación entre las autoridades competentes

En vigor desde 31 may 2023
Artículo 27 Cooperación entre las autoridades competentes El intercambio de información entre las autoridades competentes y con las autoridades pertinentes de terceros países con arreglo al presente Reglamento se regirá por la Directiva (UE) 2015/849.
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