Art. 1

Art. 1

En vigor desde 10 may 2023
Artículo 1 1)   Se autoriza la comercialización en la Unión de extracto etanólico acuoso de Labisia pumila. El extracto etanólico acuoso de Labisia pumila se incluirá en la lista de la Unión de nuevos alimentos establecida en el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470. 2)   El anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
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