Art. 2

Art. 2

En vigor desde 28 abr 2023
Artículo 2 1.   Se inmovilizarán todos los fondos y recursos económicos cuya propiedad, control o tenencia corresponda a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo que figure en el anexo I. 2.   No se pondrá a disposición directa ni indirecta de las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos que figuren en el anexo I ni se utilizará en su beneficio ningún tipo de fondos o recursos económicos. 3.   El anexo I incluirá: a) personas físicas o jurídicas, entidades u organismos responsables de apoyar o ejecutar acciones o políticas que menoscaben o amenacen la soberanía e independencia de la República de Moldavia, o la democracia, el Estado de Derecho, la estabilidad o la seguridad en la República de Moldavia, mediante cualquiera de las siguientes acciones: i) obstruir o menoscabar el proceso político democrático, también obstaculizando o menoscabando gravemente la celebración de elecciones o intentando desestabilizar o derrocar el orden constitucional, ii) la planificación, dirección, participación, directa o indirecta, el apoyo o la facilitación por otros medios de manifestaciones violentas u otros actos de violencia, o iii) las infracciones financieras graves en relación con los fondos públicos y las salidas no autorizadas de capitales; b) las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos asociados con las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos designadas con arreglo a la letra a).
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