Art. 25 · Derogación y disposiciones transitorias

Art. 25

Derogación y disposiciones transitorias

En vigor desde 20 abr 2023
Artículo 25 Derogación y disposiciones transitorias 1.   Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2, queda derogado el Reglamento (CE) n.o 802/2004 con efecto a partir del 1 de septiembre de 2023. Las referencias al Reglamento derogado se entenderán hechas al presente Reglamento. 2.   El Reglamento (CE) n.o 802/2004 continuará aplicándose a cualquier concentración que entre en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) n.o 139/2004 y se haya notificado hasta el 31 de agosto de 2023 inclusive.
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