Art. 4
Formato y extensión de los documentos
En vigor desde 14 abr 2023
Artículo 4
Formato y extensión de los documentos
1. Los documentos presentados a la Comisión en virtud del Reglamento (UE) 2022/1925 se ajustarán al formato y a los límites de páginas establecidos en el anexo II del presente Reglamento.
2. La Comisión, previa solicitud motivada, podrá autorizar a una empresa o asociación de empresas a rebasar dichos límites de páginas cuando y en la medida en que la empresa o asociación de empresas demuestren que resulta objetivamente imposible o excesivamente difícil tratar cuestiones de hecho o de Derecho especialmente complejas dentro de los límites de páginas aplicables.
3. Cuando un documento presentado por una empresa o asociación de empresas en virtud del presente Reglamento o del Reglamento (UE) 2022/1925 no cumpla lo dispuesto en los apartados 1 y 2, la Comisión podrá solicitar a la empresa o asociación de empresas que regularicen el documento.
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