Art. 21 · Plantillas de información cuantitativa anual para empresas individuales y empresas de seguros y de reaseguros cautivas — Información sobre el capital mínimo obligatorio

Art. 21

Plantillas de información cuantitativa anual para empresas individuales y empresas de seguros y de reaseguros cautivas — Información sobre el capital mínimo obligatorio

En vigor desde 4 abr 2023
Artículo 21 Plantillas de información cuantitativa anual para empresas individuales y empresas de seguros y de reaseguros cautivas — Información sobre el capital mínimo obligatorio Las empresas de seguros y de reaseguros y las empresas de seguros y de reaseguros cautivas presentarán anualmente la información a que se refiere el artículo 304, apartado 1, letra d), del Reglamento Delegado (UE) 2015/35, utilizando las plantillas siguientes y con arreglo a las instrucciones que a continuación se indican: a) en el caso de las empresas de seguros y de reaseguros dedicadas a actividades de seguro o reaseguro solamente de vida o solamente de no vida, la plantilla S.28.01.01 del anexo I, que especifica el capital mínimo obligatorio, siguiendo las instrucciones de la sección S.28.01 del anexo II; b) en el caso de las empresas de seguros dedicadas a actividades de seguro tanto de vida como de no vida, la plantilla S.28.02.01 del anexo I, que especifica el capital mínimo obligatorio, siguiendo las instrucciones de la sección S.28.02 del anexo II.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2023:894:oj#art-21