Art. 1
En vigor desde 4 abr 2023
Artículo 1
1. Se establece un derecho compensatorio definitivo sobre las importaciones de determinados neumáticos, nuevos o recauchutados, de caucho, de los tipos utilizados en autobuses o camiones, con un índice de carga superior a 121, actualmente incluidos en los códigos NC 4011 20 90 y ex 4012 12 00 (código TARIC 4012120010) y originarios de la República Popular China en lo que se refiere a las empresas enumeradas en el apartado 2.
2. Los derechos compensatorios definitivos aplicables en EUR por artículo del producto descrito en el apartado 1 y producido por las empresas indicadas a continuación serán los siguientes, a partir del 13 de noviembre de 2018.
Empresa
Derecho compensatorio
Código TARIC adicional
GITI Tire (Anhui) Company Co., Ltd; GITI Tire (Fujian) Company, Co., Ltd; GITI Tire (Hualin) Company Co., Ltd; GITI Tire (Yinchuan) Company Co., Ltd
11,07
C332
Chongqing Hankook Tire Co., Ltd; Jiangsu Hankook Tire Co., Ltd
3,75
C334
Aeolus Tyre Co., Ltd, Aeolus Tyre (Taiyuan) Co., Ltd; Qingdao Yellow Sea Rubber Co., Ltd; Pirelli Tyre Co., Ltd
39,77
C877 (53)
Otras empresas que cooperaron en las dos investigaciones, antidumping y antisubvenciones, enumeradas en el anexo
27,69
Zhongce Rubber Group Co., Ltd
57,28
C379
Weifang Yuelong Rubber Co., Ltd
57,28
C875
Hefei Wanli Tire Co., Ltd
57,28
C876
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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