Art. 5
Suspensión y desactivación del MCM en relación con derivados vinculados a otros VTP
En vigor desde 31 mar 2023
Artículo 5
Suspensión y desactivación del MCM en relación con derivados vinculados a otros VTP
La suspensión y desactivación del MCM con respecto a los derivados vinculados a otros VTP se llevarán a cabo de conformidad con el artículo 5 y 6 del Reglamento MCM.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2023:736:oj#art-5