Art. 1

Art. 1

En vigor desde 22 mar 2023
Artículo 1 1.   Se autoriza la comercialización en la Unión de nueces secas de Canarium indicum L. Las nueces secas de Canarium indicum L. se incluirán como alimento tradicional de un tercer país en la lista de la Unión de nuevos alimentos establecida en el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470. 2.   El anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
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