Art. 56.tit_1 · Planes de acción nacionales para los porcinos silvestres con el fin de evitar la propagación de la fiebre porcina africana en la Unión

Art. 56.tit_1

Planes de acción nacionales para los porcinos silvestres con el fin de evitar la propagación de la fiebre porcina africana en la Unión

En vigor desde 16 mar 2023
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