Art. 54.tit_1
Condiciones específicas para autorizar los desplazamientos dentro de zonas restringidas I, II y III y fuera de esas zonas restringidas de partidas de subproductos animales y productos derivados de porcinos silvestres
En vigor desde 16 mar 2023
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2023:594:oj#art-54.tit_1