Art. 45.tit_1 · Condiciones especiales para la designación de establecimientos para el sacrificio inmediato de porcinos mantenidos en zonas restringidas II o III

Art. 45.tit_1

Condiciones especiales para la designación de establecimientos para el sacrificio inmediato de porcinos mantenidos en zonas restringidas II o III

En vigor desde 16 mar 2023
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