Art. 2
Definiciones
En vigor desde 15 mar 2023
Artículo 2
Definiciones
A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:
1)
«vehículo espacial», un vehículo espacial tal como se define en el artículo 2, punto 1, del Reglamento (UE) 2021/696;
2)
«desecho espacial», un desecho espacial tal como se define en el artículo 2, punto 4, del Reglamento (UE) 2021/696;
3)
«carga útil», el equipo transportado por un vehículo espacial para la realización de una misión concreta en el espacio;
4)
«ecosistema espacial», una red de empresas que operan en cadenas de valor en el sector espacial e interactúan entre sí, desde las empresas emergentes más pequeñas hasta las empresas de mayor tamaño, que abarca los segmentos upstream y downstream del mercado espacial;
5)
«Infraestructura Europea de Comunicación Cuántica» o «EuroQCI», la infraestructura espacial, terrena y terrestre interconectada, integrada en el sistema de conectividad segura, que utiliza tecnología cuántica;
6)
«centro de Govsatcom», un centro de Govsatcom tal como se define en el artículo 2, punto 23, del Reglamento (UE) 2021/696;
7)
«Agencia», la Agencia de la Unión Europea para el Programa Espacial creada mediante el Reglamento (UE) 2021/696;
8)
«información clasificada de la UE» o «ICUE», la información clasificada de la Unión o ICUE tal como se define en el artículo 2, punto 25, del Reglamento (UE) 2021/696;
9)
«información sensible no clasificada», la información sensible no clasificada tal como se define en el artículo 2, punto 26, del Reglamento (UE) 2021/696;
10)
«operación de financiación mixta», una operación de financiación mixta tal como se define en el artículo 2, punto 27, del Reglamento (UE) 2021/696.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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