Art. 11.tit_1 · Medidas aplicables a las pesquerías de lubina en las divisiones 4b, 4c y 6a y en la subzona 7 del CIEM

Art. 11.tit_1

Medidas aplicables a las pesquerías de lubina en las divisiones 4b, 4c y 6a y en la subzona 7 del CIEM

En vigor desde 30 ene 2023
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