Art. 2

Art. 2

En vigor desde 21 dic 2022
Artículo 2 Solo la empresa Arla Foods Ingredients Group P/S (12) está autorizada a comercializar en la Unión el nuevo alimento contemplado en el artículo 1 durante un período de cinco años a partir del 11 de enero de 2023, a menos que un solicitante posterior obtenga una autorización para ese nuevo alimento sin remitirse a los datos científicos protegidos con arreglo al artículo 3, o con el acuerdo de Arla Foods Ingredients Group P/S.
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