Art. 1
En vigor desde 14 dic 2022
Artículo 1
El Reglamento (UE) n.o 1380/2013 se modifica como sigue:
1)
El artículo 5 se modifica como sigue:
a)
en los apartados 2, 3 y 4, la fecha «31 de diciembre de 2022» se sustituye por la fecha «31 de diciembre de 2032»;
b)
se añade el apartado siguiente:
«5. La Comisión presentará un informe al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la aplicación del presente artículo, a más tardar el 30 de junio de 2031.»
.
2)
El anexo I se sustituye por el texto del anexo del presente Reglamento.
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