Art. 59 · Entrada en vigor y aplicabilidad

Art. 59

Entrada en vigor y aplicabilidad

En vigor desde 14 dic 2022
Artículo 59 Entrada en vigor y aplicabilidad El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 2023. Será aplicable del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2029.
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