Art. 10 · Requisitos de información

Art. 10

Requisitos de información

En vigor desde 14 dic 2022
Artículo 10 Requisitos de información 1.   Los requisitos de información para Ucrania se incluirán en el Memorándum de Entendimiento y garantizarán, en particular, la eficiencia, la transparencia y la rendición de cuentas del uso de la ayuda proporcionada en el marco del Instrumento. 2.   La Comisión verificará, a intervalos regulares, el cumplimiento de los requisitos de información y el avance en el cumplimiento de las condiciones políticas establecidas en el Memorándum de Entendimiento. La Comisión informará al Parlamento Europeo y al Consejo de los resultados de esa verificación.
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