Art. 3 · Formato para la presentación de información sobre las operaciones intragrupo significativas

Art. 3

Formato para la presentación de información sobre las operaciones intragrupo significativas

En vigor desde 14 dic 2022
Artículo 3 Formato para la presentación de información sobre las operaciones intragrupo significativas 1.   Al informar sobre las operaciones intragrupo significativas de conformidad con el artículo 8, apartado 2, de la Directiva 2002/87/CE, las entidades reguladas o las sociedades financieras mixtas de cartera presentarán la información a que se refieren las plantillas FC.00 a FC.05 del anexo I del presente Reglamento con arreglo a las instrucciones que figuran en el anexo II del presente Reglamento. 2.   Al presentar al coordinador designado de conformidad con el artículo 10 de la Directiva 2002/87/CE, con arreglo al artículo 2, apartado 4, letra d), del Reglamento Delegado (UE) 2015/2303, información sobre la manera en que se gestionan los conflictos de intereses y los riesgos de contagio a nivel del conglomerado financiero en relación con las operaciones intragrupo significativas, las entidades reguladas o las sociedades financieras mixtas de cartera utilizarán el formato exigido por dicho coordinador.
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