Art. 5
Cumplimiento de la normativa
En vigor desde 2 dic 2022
Artículo 5
Cumplimiento de la normativa
Los Estados miembros informarán a la Comisión de todas las medidas tomadas para aplicar las decisiones adoptadas por la Comisión con arreglo al artículo 4, apartado 2, o al artículo 5 del Reglamento (CE) n.o 2111/2005.
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