Art. 3 · Entrada en vigor y fecha de aplicación

Art. 3

Entrada en vigor y fecha de aplicación

En vigor desde 1 dic 2022
Artículo 3 Entrada en vigor y fecha de aplicación 1.   El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. 2.   Será aplicable a partir del 22 de junio de 2023. Sin embargo, el artículo 2, apartado 3, será aplicable a partir del 22 de diciembre de 2022.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2022:2346:oj#art-3