Art. 24 · Entrada en vigor y aplicación

Art. 24

Entrada en vigor y aplicación

En vigor desde 23 nov 2022
Artículo 24 Entrada en vigor y aplicación El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. El artículo 8, apartado 3, letra a), el artículo 11, el artículo 13, apartados 1, 2 y 3, el artículo 14 y el artículo 15, apartados 1 y 2, se aplicarán a partir del 13 de diciembre de 2031.
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