Art. 4
Entrada en vigor y aplicación
En vigor desde 20 oct 2022
Artículo 4
Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El artículo 3 será aplicable a partir del 1 de julio de 2022.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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