Art. 4
Entrada en vigor y aplicación
En vigor desde 19 oct 2022
Artículo 4
Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir del 14 de noviembre de 2022.
No obstante, el artículo 1, punto 3, punto 5, letra b), y puntos 7, 8 y 9, se aplicarán a partir del 1 de enero de 2024.
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