Art. 1
Derogación y disposiciones transitorias
En vigor desde 17 oct 2022
Artículo 1
Derogación y disposiciones transitorias
Queda derogado el Reglamento Delegado (UE) n.o 807/2014 con efecto a partir del 1 de enero de 2023.
No obstante, debe seguir aplicándose a la ejecución de los programas de desarrollo rural en virtud del Reglamento (UE) n.o 1305/2013 hasta el 31 de diciembre de 2025 y a los gastos efectuados por los beneficiarios y abonados por el organismo pagador en el marco de dichos programas de desarrollo rural hasta el 31 de diciembre de 2025.
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