Art. 3 · Entrada en vigor y aplicación

Art. 3

Entrada en vigor y aplicación

En vigor desde 17 oct 2022
Artículo 3 Entrada en vigor y aplicación El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. No obstante, el artículo 2, apartado 1, se aplicará desde el 12 de abril de 2022, el artículo 2, apartado 2, se aplicará desde el 14 de junio de 2022 y el artículo 2, apartados 3 y 4, se aplicará desde el 21 de septiembre de 2022.
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